Título Opinión Consultiva sobre la aplicación extraterritorial de las obligaciones de no devolución en virtud de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y su Protocolo de 1967
Versión en inglés Opinión Consultiva sobre la aplicación extraterritorial de las obligaciones de no devolución en virtud de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y su Protocolo de 1967
Fuente Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR)
Fecha de publicación 26 Enero 2007
Temas Non-refoulement / No devolución
Citar como Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), Opinión Consultiva sobre la aplicación extraterritorial de las obligaciones de no devolución en virtud de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y su Protocolo de 1967, 26 Enero 2007, disponible en esta dirección: https://www.refworld.org.es/docid/57f76cf24aa.html [Accesado el 10 Diciembre 2023]
Comentarios El ACNUR preparó esta Opinión Consultiva en respuesta a una petición sobre su posición sobre la aplicación extraterritorial de las obligaciones de no devolución en virtud de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y su Protocolo de 1967. La posición de la Oficina, tal y como se establece en la Opinión Consultiva, ofrece una perspectiva amplia, dada la relevancia de las cuestiones jurídicas que implica la variedad de situaciones fuera del territorio nacional de un Estado.